Colegios podrán sancionar a estudiantes por uso de celulares: ¿qué dice Minedu?

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Colegios podrán sancionar a estudiantes por uso de celulares: ¿qué dice el nuevo reglamento del Minedu?

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Nuevo reglamento del Minedu permite a colegios retener celulares de estudiantes durante actividades educativasNuevo reglamento del Minedu permite a colegios retener celulares de estudiantes durante actividades educativasFoto: composición LRPorSábado 03 de Octubre del 2026 · 08:08hgoogle iconLa República en Google

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Cada institución deberá incorporar estas disposiciones en su reglamento interno y aplicar las medidas bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y reiteración.

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La norma desarrolla la

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La publicación del reglamento formaliza una medida que el ministro de Educación,

El hecho involucró a otros escolares, quienes permanecen retenidos, y motivó una investigación fiscal.

¿Qué sanciones podrán aplicar los colegios?

El artículo 12 del reglamento establece que las instituciones educativas deberán contemplar en sus reglamentos internos las

Estas deberán adaptarse a las condiciones y necesidades de los estudiantes y cumplir criterios de razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y reiteración. También deberán ser claras, oportunas, reparadoras, formativas, equitativas e imparciales.

Los padres, madres o tutores recibirán información oportuna sobre las disposiciones que los colegios apliquen a los menores de edad a su cargo.

El reglamento

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¿Los colegios podrán retener los celulares?

Las instituciones educativas podrán habilitar, si cuentan con los recursos necesarios, un espacio destinado a la

El reglamento interno determinará las condiciones y el plazo máximo de permanencia de los equipos, que no deberá exceder la jornada escolar. Sin embargo, ante la gravedad o reiteración de la conducta, el colegio podrá exigir la entrega directa del celular al padre, madre o tutor, siempre bajo criterios de gradualidad, razonabilidad y proporcionalidad.

Los colegios deberán garantizar la conservación y devolución de los equipos y tendrán prohibido acceder a la información personal almacenada en ellos.

La norma también establece límites a las acciones de supervisión. Los colegios no podrán revisar el contenido de los teléfonos celulares ni aplicar medidas que vulneren la dignidad o intimidad de los estudiantes.

Asimismo, prohíbe los

Si directores o docentes advierten casos de ciberacoso, deberán aplicar los protocolos previstos en los lineamientos de convivencia escolar. Cuando detecten hechos que puedan constituir delitos contra la intimidad, integridad personal, libertad sexual u otros, deberán comunicarlos de inmediato a las autoridades competentes.

¿En qué casos los estudiantes sí podrán usar sus celulares?

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En el caso de los estudiantes que todavía no cuenten con documentación médica para justificar el uso del dispositivo, el reglamento contempla la aplicación de la excepción por barreras educativas.

¿Desde cuándo deberán aplicar las nuevas reglas?

El reglamento alcanza a las

Los colegios deberán incorporar las disposiciones de la Ley N.º 32385 y su reglamento en la primera actualización de sus reglamentos internos o documentos de gestión posterior a la entrada en vigencia de la norma.

Además, deberán colocar un aviso visible en el exterior de sus ingresos para informar que el uso de celulares durante las actividades educativas está restringido, salvo autorización expresa por fines pedagógicos o situaciones especiales.

El aviso también deberá incluirse en la lengua indígena u originaria de la población beneficiaria, cuando corresponda.

Las UGEL tendrán a su cargo el monitoreo y la supervisión del cumplimiento de estas disposiciones, mientras que las direcciones regionales de Educación realizarán el seguimiento de su implementación.

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