Delia Espinoza pide al JNE cumplir con sentencia del PJ para que pueda votar este domingo 4 de octubre

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Retratos de la exfiscal de la Nación Delia Espinoza y el presidente del JNE, Roberto Burneo.
Retratos de la exfiscal de la Nación Delia Espinoza y el presidente del JNE, Roberto Burneo.
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La decana del Colegio de Abogados de Lima,

Como se recuerda, el último jueves se conoció que el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la

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“Cabe señalar que el juzgado fundamenta esta decisión en el último párrafo del artículo 31 de la Constitución, según el cual ‘es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos’. Sobre esa base, y reponiendo las cosas al estado anterior a la vulneración, ordena al JNE mi incorporación en el padrón electoral y el reconocimiento efectivo de mi derecho al voto en todos los procesos electorales en curso futuros, ‘incluyendo de manera inmediata las Elecciones Regionales y Municipales convocadas para el 4 de octubre de 2026′. Ordena además que el JNE se abstenga de extender los efectos de la inhabilitación del articulo 100 de la Constitución a mi derecho al sufragio activo», se lee en la carta remitida al presidente del tribunal, Roberto Burneo.

Documento de dos páginas firmado por Delia Milagros Espinoza Valenzuela con un sello rojo que indica Muy Urgente en el margen superior

Un oficio sellado con la leyenda muy urgente solicita al Jurado Nacional de Elecciones la reincorporación de Delia Espinoza al padrón electoral en Perú.

Por ello,

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PJ falla a favor de Delia Espinoza

El

El organismo electoral había retirado del padrón a Espinoza y a otros siete ciudadanos al considerar que las inhabilitaciones impuestas por el

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Delia Espinoza dirigirá el Colegio de Abogados de Lima tras ganar la segunda vuelta electoral. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina/CAL)

Delia Espinoza dirige el Colegio de Abogados de Lima tras ganar la segunda vuelta electoral. (Foto composición: Infobae Perú/Agencia Andina/CAL)

El juzgado determinó que el

El fallo subrayó además que no existe una sentencia judicial firme que haya suspendido los derechos políticos de la demandante, condición que la Constitución exige para restringir el ejercicio de la ciudadanía.

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En consecuencia, el juzgado ordenó al

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