Caso Gaseoducto Sur: PJ archivó la acusación fiscal por presunta asociación ilícita contra Ollanta Humala y Nadine Heredia

Política05 Jul 2026 | 13:07 h

Caso Gaseoducto Sur: PJ archivó la acusación fiscal por presunta asociación ilícita contra Ollanta Humala y Nadine Heredia

La decisión se hizo extensiva a los

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Caso Gaseoducto Sur: PJ archivó la acusación fiscal por presunta asociación ilícita contra Ollanta Humala y Nadine Heredia. Foto: AFPCaso Gaseoducto Sur: PJ archivó la acusación fiscal por presunta asociación ilícita contra Ollanta Humala y Nadine Heredia. Foto: AFPFoto del autorNarda SaavedraEscucharResumenCompartir

El Poder Judicial archivó la acusación fiscal por presunta asociación ilícita contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia, en el caso Gasoducto Sur Peruano. La medida se extendió a los exministros incluidos en el proceso: Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo y Carlos Paredes.

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La decisión fue tomada por el juez Leodan Cristóbal Ayala y se debió a un recurso presentado por la defensa del exministro de Economía Luis Miguel Castilla el 19 de septiembre de 2025.

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Se trató de una solicitud de excepción de improcedencia de acción para que se declare el “sobreseimiento” o “archivo” del supuesto delito de asociación ilícita en favor de su patrocinado. La defensa argumentó “atipicidad relativa por ausencia del elemento normativo. Delito fin (objetivo de la organización) sancionado con pena privativa de libertad mayor a 6 años”. Es decir, indicó que no se cumplía con todos los elementos para configurar el delito referido.

Argumento

En base a ello, el juez aplicó la Ley N.º 32108, que establece que los “delitos fines” en el delito de organización criminal deben tener una pena mínima superior a los seis años de privación de la libertad.

Sobre este punto, el magistrado concluyó que la imputación por el delito de asociación ilícita (organización criminal), cuyo delito fin era la colusión agravada, no cumplía con el requisito previsto en el artículo 317 del Código Penal, conforme a la Ley N.º 32108. Ello debido a que el segundo párrafo del artículo 384 del Código Penal establece para la colusión agravada una pena mínima de seis años, la cual no supera el umbral mínimo exigido por dicha norma.

Sin embargo, los investigados sí continuarán vinculados al proceso respecto del objeto civil, a fin de determinar el eventual pago de una reparación civil por los daños y perjuicios derivados del presunto delito de asociación ilícita en agravio del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 12.3 del Código Procesal Penal y la doctrina legal establecida en el Acuerdo Plenario N.º 4-2019.

La reanudación de la audiencia de control de la acusación fiscal del caso Gasoducto Sur Peruano se reprogramó para el lunes 6 de julio, a las 9.00 a. m. En esa sesión evaluará las excepciones de improcedencia de acción presentadas por los implicados, quienes solicitan el archivo del delito de colusión agravada que también les atribuye el Ministerio Público en este proceso penal.

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