(Desde Caracas, Venezuela) La ONG
“Al no estar fundamentado en el artículo 338 de la Constitución, que exige declarar un ‘Estado de Alarma’ para este tipo de calamidades,
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El mencionado artículo 6 indica que el Ministerio de Interior, a cargo de

Acceso a la Justicia apunta que “
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Este observatorio que vela por el respeto al Estado de Derecho en Venezuela, subraya que un acto administrativo, en referencia al decreto presidencial suscrito por Delcy Rodríguez,
En el marco de esta orden, la presidenta encargada nombró al comandante de la Guardia Nacional Bolivariana,
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Infinito
La asociación civil advierte que al evadir la obligación de promulgar un Estado de Alarma,
Llama la atención sobre el hecho de que el decreto presidencial no precisa la extensión de su vigencia. “
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Acceso a la Justicia manifiesta que “una emergencia como la ocurrida exige medidas extraordinarias, pero
“
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