PPK: Poder Judicial rechaza archivar investigación por presunto lavado de activos en 2016
El proceso judicial contra el expresidente se inició en 2018 cuando diversos ciudadanos negaron haber aportado a su campaña presidencial de 2016. Con la decisión de la jueza Margarita Salcedo,
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El expresidente es investigado por los aportes en su campaña presidencial del 2016. Foto: composición LR
Josué Chávez CardozaEscucharResumenCompartir
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De acuerdo con RPP, la decisión fue adoptada por la jueza Margarita Salcedo el 4 de mayo, cuando declaró infundada la solicitud presentada por la defensa legal del exmandatario, que buscaba el archivo definitivo del caso.
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Según la resolución de la magistrada, los hechos atribuidos por la Fiscalía a PPK sí califican como presunto delito de lavado de activos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo 1106. La pesquisa se centra en las supuestas modalidades ilícitas de conversión, transferencia y ocultamiento de activos.
El proceso judicial contra el exjefe de Estado se inició después de que, en diciembre de 2018, cinco personas registradas como aportantes de
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Los argumentos de la defensa legal de PPK
La defensa legal del expresidente argumenta que la imputación formulada contra su patrocinado vulnera el principio de legalidad, debido a que los hechos atribuidos corresponderían a una supuesta receptación patrimonial que no estaba tipificada en ese momento. Además, sostiene que no existen pruebas de actos concretos de conversión, transferencia u ocultamiento, ni evidencias que demuestren la intención de encubrir el origen ilícito de los fondos o completar el ciclo del lavado de activos, incluido el reintegro del dinero.
Del mismo modo, la defensa afirma que no se configura el delito imputado por falta de tipicidad, ya que no se ha identificado un delito fuente y las conductas atribuidas no constituían delito cuando ocurrieron los hechos. En esa línea, también rechaza que se configure el delito de lavado de activos o el de asociación ilícita, ambos atribuidos por la Fiscalía en esta investigación preparatoria.
El caso estaba relacionado con presuntos aportes de la constructora Odebrecht destinados a la campaña electoral de 2011, mediante diversas transferencias bancarias que posteriormente habrían sido incorporadas a la contabilidad del partido Peruanos por el Cambio a través de supuestos aportantes falsos.
La resolución judicial, emitida en el marco de un recurso de excepción de improcedencia de acción, concluye que el delito no llegó a configurarse, debido a que no se produjo un resultado orientado a dificultar la identificación del origen del dinero. Por el contrario, los presuntos aportes fueron canalizados mediante el sistema financiero formal, a través de los bancos JPMorgan Chase y Scotiabank.
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