Rafael López Aliaga en rebeldía: desiste de forma “definitiva” de ser senador y pide al Congreso comunicar decisión al JNE

Rafael López Aliaga comunicó de manera oficial y definitiva su decisión de no asumir el cargo de senador, solicitando que el Congreso y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anulen su credencial y convoquen a su accesitario, Absalón Vásquez
Rafael López Aliaga comunicó de manera oficial y definitiva su decisión de no asumir el cargo de senador, solicitando que el Congreso y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anulen su credencial y convoquen a su accesitario, Absalón Vásquez

El

En una carta dirigida al presidente del Congreso,

Seguidamente, recordó haber “comunicado de manera expresa, irrevocable y definitiva” su negativa “de no jurar ni asumir el cargo de Senador de la República” tanto al JNE como a la mesa directiva del Parlamento, a través de cartas enviadas el pasado 19 y el 22 de junio.

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Mencionó que, según la normativa parlamentaria, los senadores electos “deben presentar una declaración jurada de ingresos,

El excandidato anunció que no presentará la declaración jurada de ingresos ni la documentación exigida para ejercer el cargo, argumentando que su negativa fue notificada antes de cualquier plazo

El excandidato anunció que no presentará la declaración jurada de ingresos ni la documentación exigida para ejercer el cargo, argumentando que su negativa fue notificada antes de cualquier plazo

López Aliaga afirmó además que no existe “justificación jurídica ni material” para esperar la sesión de instalación y verificar si jurará, debido a

“Esperar únicamente el acto formal de instalación implicaría mantener innecesariamente vacante un escaño cuya representación corresponde a la organización política y, en definitiva, a los ciudadanos que respaldaron nuestra candidatura en las urnas”, sostuvo.

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Destacó que la irrenunciabilidad del cargo de senador, “establecida en el artículo 18 del Reglamento del Congreso”, solo afecta a quienes ya juraron y se incorporaron formalmente a la institución bicameral. “No contempla el supuesto excepcional de quien, habiendo resultado electo, comunica anticipadamente y de forma definitiva que no llegará a incorporarse al cargo”, señaló.

Subrayó, asimismo, que existen precedentes en los que el JNE anuló la credencial a regidores que notificaron su negativa antes de asumir funciones.

Rafael López Aliaga

López Aliaga sostiene que la irrenunciabilidad del cargo, establecida en el artículo 18 del Reglamento del Congreso, solo aplica a quienes ya juraron, y cita precedentes en los que el JNE anuló credenciales a autoridades electas que notificaron su negativa antes de asumir funciones

“Corresponde que el Jurado (…) adopte las medidas necesarias para dejar sin efecto la credencial otorgada a mi favor y convoque al candidato no proclamado de la lista senatorial de Renovación Popular que, de acuerdo con el orden de prelación determinado por la votación obtenida, tiene derecho a asumir dicho escaño”, concluyó.

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La reciente misiva de

La resolución precisó que “la documentación presentada

El especialista en derecho electoral

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