El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) se prepara para publicar, mediante decreto supremo, un nuevo proyecto que reglamenta parte de la Ley N° 32249, responsable de abrir las licitaciones del mercado eléctrico peruano -dominado hoy por hidroeléctricas y termoeléctricas- a nuevas fuentes eólicas y solares.
Sin embargo, el borrador ha despertado las alarmas entre los gremios y las compañías involucradas en captar estas inversiones, debido a que mantendría condiciones que todavía las saca del mercado.
En Perú, el negocio se divide en tres eslabones: generación, transmisión y distribución. Una empresa de generación, como Kallpa, produce electricidad a partir de gas natural, agua, viento o radiación solar.
Luego, esa energía viaja por las líneas de alta tensión de las empresas de transmisión hasta las redes de una distribuidora, como Luz del Sur, que finalmente la entrega a hogares, comercios y pequeñas industrias.

En ese recorrido se realizan las llamadas licitaciones: procesos mediante los cuales las distribuidoras convocan a las generadoras para contratar, por un período determinado, la electricidad que necesitarán para abastecer a sus usuarios.
El problema está en que, durante años, las licitaciones de suministro exigieron a las generadoras ofrecer de manera conjunta energía y potencia, dos conceptos clave en la discusión.
Ese requisito fue una barrera para las centrales solares, que pueden producir electricidad a bajo costo durante el día, pero no garantizar suministro de noche, y también limitó la participación de otras renovables.
- Potencia es la capacidad de una central para entregar electricidad en un instante. Se mide en megavatios (MW).
- Energía es la electricidad que efectivamente produjo o consumió durante una hora, un día o un mes. Se mide en megavatios-hora (MWh).

Una termoeléctrica a gas puede decir: “Tengo 100 MW disponibles durante todo el día”, siempre que tenga gas y no haya una falla. Es decir, puede ofrecer potencia y energía con mayor continuidad.
Una solar, en cambio, puede generar mucha energía barata entre las 10:00 y las 16:00, pero no produce de noche: puede vender energía durante el día, pero no puede prometer que tendrá potencia disponible a las 21:00. Y ahora el ministerio pretende mantener este régimen en horas punta.
Que el Gobierno ahora decida mantener la contratación conjunta de energía y potencia en horas punta significa que una planta solar o eólica no podrá competir por sí sola con la electricidad que produce.
Si quiere vender durante ese bloque, deberá acreditar además que cuenta con potencia disponible; en otras palabras, tendrá que comprar respaldo a una central térmica, hidroeléctrica o a un sistema de baterías. Eso encarece su oferta disponible y las obliga a contratar con quien debería ser su competencia.
Las horas punta son los momentos del día en que el sistema requiere más electricidad y en los que la energía tiene una mayor valorización tarifaria. Por eso, competir en ese bloque resulta indispensable.
“Bueno, sin duda, si las tecnologías renovables incrementan su participación en la matriz energética que tenemos hoy día, principalmente térmica, ese mercado de generación térmica se va a reducir”, señala Francisco Ismodes Mezzano, director ejecutivo de la Asociación Peruana de Energías Renovables (SPR).
Actualmente, la electricidad que se produce en Perú proviene sobre todo de centrales hidroeléctricas (56%) y térmicas a gas natural (36%), seguidas por la eólica (3,5%) y la solar (3,1%). Las proporciones varían según el estiaje o fenómenos como El Niño.
Pero la discusión va más allá de quitarle cuota a un sector liderado por Kallpa, Engie y Orygen —empresas aglutinadas en la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE)—, sino que también arriesga el otro objetivo de la ley, que era “reducir las tarifas de luz” para los más de 7,6 millones de usuarios conectados al sistema, según la SPR.

No es el único pendiente. La Ley N° 32249 -ampliamente resistida por las termos desde su concepción- también urge del reglamento para la operación de los sistemas aislados y el reglamento del mercado de servicios complementarios, que debe definir la participación de tecnologías como las baterías para respaldar la red.
Pero este nuevo Reglamento de Contrataciones de Electricidad para el Suministro de los Usuarios Regulados resulta especialmente sensible, pues arriesga una cartera de de proyectos renovables por USD 46.859 millones, de los cuales “alrededor de USD 12.000 millones podrían avanzar en el mediano plazo”, según Ísmodes.
“Estamos hablando de inversionistas de clase mundial, de los mayores operadores de energías renovables del mundo, que han venido al Perú y esperan que la reglamentación les permita desarrollar operaciones e inversiones en el país”, dijo.
Y es que la SPR cuestiona duramente la dependencia del gas natural y recuerda la crisis de Camisea de marzo de 2026, aunque asegura que hay espacios para todos “porque nuestro país tiene que apostar a crecer, tiene que apostar a tener más industrias, más minería […] y entonces la generación térmica siempre puede ser un complemento de las renovables”.
La interrupción en el sistema de ductos de Transportadora de Gas del Perú (TGP) obligó a reemplazar parte de la generación a gas por diésel y llevó el costo marginal de la electricidad de alrededor de USD 30 a USD 40 por megavatio-hora a más de USD 200 por MWh.
El impacto no llegó de inmediato a los hogares, protegidos por contratos de largo plazo, pero sí a clientes libres e industrias. Incluso las propias termogeneradoras, también libres, chocaron con su proveedor. De momento, explica la SPR, las puertas del ministerio siguien abiertas. Pero los capitales no esperan.
“Si nada [cambia], ya algunos inversionistas se están retirando, están desinvirtiendo en el Perú porque no se dan los avances. Y esas son oportunidades que no podemos desperdiciar”, sentencia Ísmodes.





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