
El abogado
El letrado precisó que esa pena constituye el límite máximo que contempla el sistema de responsabilidad penal juvenil peruano para menores infractores. “
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Petrozzi contrastó la sanción aplicable a los menores con la que enfrentarían de ser mayores de edad. “Si fueran mayores de edad, les correspondería entre treinta y treinta y cinco años. Después de los treinta y cinco años viene la cadena perpetua. Para que vea usted la gravedad del delito que se ha cometido, si fueran adultos, estarían enfrentando una pena de hasta treinta y cinco años”, sostuvo.
El abogado vinculó ese reclamo punitivo con dos agravantes que, según indicó, identificó en la causa:
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Petrozzi sostuvo que la pena de ocho años responde a la necesidad de fijar un precedente disuasivo frente a hechos similares en el ámbito escolar, y no a un afán punitivo personal. “Tiene que ser una sanción ejemplificadora. En otras palabras, que al que se le vuelva a ocurrir hacer una gracia como esta, le quede bien claro que se puede ir ocho años preso”, afirmó.
El abogado aclaró, además, que su reclamo no busca un trato vejatorio hacia los acusados durante su eventual reclusión. “No me satisface el drama humano, ni el de mi cliente ni el de las otras personas. Pero sí quiero justicia, porque eso es lo que la familia me ha pedido”, sostuvo.
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Los plazos
Jorge Petrozzi advirtió sobre un riesgo concreto para que su pretensión se concrete, vinculado a los plazos de la
Por ese motivo, pidió una actuación más veloz del
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