
Los
Como se recuerda, se firmó el
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Pero ya el

Aumentos salariales para régimen 276
Primero, el artículo 22 y 23 del
- Artículo 22. Incremento del Monto Único Consolidado (MUC) para los servidores del régimen del Decreto Legislativo N° 276 de las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales –
- Artículo 23. Incremento mensual de ingresos de personal de los servidores del régimen del Decreto Legislativo 276 para los gobiernos locales –
Para los gobiernos regionales y el nacional, “el
Mientras, el concepto “
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Pero, además, según el artículo 24, “se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante decreto supremo refrendado por el MEF, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, apruebe los
Aumento salarial para régimen 728
Los aumentos para los trabadores bajo el
- Artículo 25. Incremento mensual de los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 728 del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales –
- Artículo 26. Incremento mensual de las remuneraciones de los servidores del régimen de los Decreto Legislativo N° 728 de los gobiernos locales –
También estos aumentos aplicarán desde el 1 de enero de 2027. “El
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Aumentos para los CAS (1057)
Por el lado de los
- Artículo 27. Incremento mensual de los servidores del régimen del
- Artículo 28. Incremento mensual de las remuneraciones de los servidores del régimen del Decreto Legislativo N° 1057 de los gobiernos locales.
Sin embargo, en los niveles del gobierno nacional y gobiernos regionales, el
- A quienes reciban ingresos menores o igual a S/2.364,19 se les aumentará
- A quienes reciban ingresos mayores a S/2.364,19 y menores o igual a S/4.364,19, se les aumentará
- A quienes ganen más de S/4.364,19, se les incrementará en
Mientras, para los gobiernos locales, el aumento salarial para los CAS será

También el gobierno confirmó que dará atención para el financiamiento complementario de las
Otros aumentos que aplican desde enero
- Artículo 29. Incremento mensual de los servidores del régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil –
- Artículo 30. Incremento mensual de los servidores del régimen de la Ley N° 31991, Ley del Cuerpo de Guardaparques –
- Artículo 31. Incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los servidores del régimen de la Ley N° 29709 – Aumento de RIM será de
Los bonos del 2027
En 2027
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Sin embargo, sí
- Los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, que se incluyen en la planilla de pagos correspondiente a julio y diciembre, respectivamente, cuyos montos ascienden, cada uno, hasta la suma de S/300
- La bonificación por escolaridad, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero y cuyo monto asciende hasta la suma de S/400.Para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago de la bonificación por escolaridad se incluye en la planilla de pagos del mes de junio.
Esto aplicará para los siguientes
- Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276de la Ley Nº 29944 y de la Ley Nº 30512
- Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220
- El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153
- Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público
- El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
- Los pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, de los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, de la Ley Nº 28091 y del Decreto Legislativo N° 1133.
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